25º Aniversario de la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional de Perú.
El Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) es el órgano regulador competente, que actúa velando por el cumplimiento de las normas para la operación segura de las instalaciones nucleares y radiactivas en el país. Estas funciones le han sido asignadas en su Ley Orgánica a través del Decreto Ley N° 21875 del 5 de junio 1977.
Sin embargo, fue recién en el año 1991, que mediante la Resolución Suprema N° 054-91-EM (Publicada el 2 de octubre de 1991) que se modificó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del IPEN, creándose la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN), como el órgano de línea y unidad orgánica técnica responsable de regular, autorizar, controlar y fiscalizar el uso seguro de las fuentes de radiación ionizante relativos a seguridad radiológica y nuclear, transporte, protección física y salvaguardias de los materiales nucleares en el territorio nacional. Esta función se encuentra también consignada en el Reglamento de la Ley 28028, aprobado por Decreto Supremo n.° 039-2008-EM, Ley de Regulación del Uso de Fuentes de radiación Ionizante.
La OTAN en la actualidad depende funcionalmente de la Presidencia del IPEN y tiene entre sus principales funciones las de formular el marco normativo referido a las regulaciones, el otorgamiento de autorizaciones, registros y licencias, así como la fiscalización de todas éstas prácticas que estén relacionadas con fuente de radiaciones ionizantes y la imposición de sanciones, participa en la coordinación de la preparación y respuesta ante los sucesos de emergencias radiológicas y nucleares que puedan ocurrir en el país, y tiene a su cargo también el Sistema de Salvaguardias de material nuclear.
En la actualidad, la OTAN ejerce el control sobre aproximadamente 6100 usuarios, de diversas prácticas: médicas, industriales, investigación y servicios. Anualmente se expiden más de 3200 autorizaciones y licencias, y se realizan 900 inspecciones.
Cabe destacar que para el cumplimiento de estas funciones, la OTAN cuenta con 2 Departamentos: Autorizaciones y Fiscalización así como el apoyo de 21 personas (16 profesionales y 5 técnicos).
Su marco regulador está fundamentalmente constituido por la Ley N° 28028 y su reglamento, que regulan el otorgamiento de las licencias, registros y autorizaciones, así como los reglamentos nacionales de seguridad radiológica, protección física e importaciones. Adicionalmente se han expedido normas técnicas para las siguientes prácticas: Diagnóstico Médico con Rayos X, Teleterapia, Radiografía Industrial, Medicina Nuclear, Irradiadores Panorámicos y Auto blindados, Servicios de Dosimetría Externa y Seguridad Física de fuentes radiactivas.
La visión de la OTAN es consolidarse como una autoridad reguladora independiente, con una normativa permanentemente actualizada, y con un sistema de control graduado en función al riesgo y altamente informatizado.
In 2003, interest arose in generating greater knowledge and harmonizing practices among its members through the development of projects and activities...